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23/7/10

EL CARNAVAL EN EPOCA DE ROSAS

El Carnaval siempre ha sido una fiesta anual que, hubo tiempos en que se festejó con una violencia increíble

Ya se sabe que es una fiesta que no cae todos los años en la misma fecha, es una fiesta móvil y tiene origen cristiano porque se celebra antes de la Cuaresma, que siempre fue una fecha de privaciones.

Precisamente Carnaval significa adiós a la carne, porque durante el período de la misma estaba antiguamente prohibido comer carne, mientras durara el período de cuarenta días.

Con el tiempo fue cambiando y hoy casi pasa desapercibido.La celebración consistía en el uso de un disfraz, de manera de producir una confusión y que no se conocieran quienes estaban celebrándolo.

Lo que yo creo que todavía se conserva es la costumbre de arrojarse agua unos a otros. El abuso de esta costumbre hizo que en distintos períodos de la historia las autoridades necesitaran reglamentarla.

El Virrey Vertiz implantó los festejos en locales cerrados Era festejado fundamentalmente por los negros esclavos y el intento de en cierta medida restringir su festejo, por parte de Vertiz provocó el enojo de no pocos porteños que hicieron llegar su protesta al mismísimo Rey de España.

Los excesos no disminuían entonces las restricciones siguieron. Y se prohibieron los juegos con harina, agua, harina, huevos.

Los años posteriores a la Revolución la costumbre siguió y jugándose con agua en forma más intensa. Por supuesto con agua del Rio.
Los huevos fueron también modificándose, ya no eran los de gallinas sino ahora se utilizaban los de avestruz.

Hacia 1820 se arrojaba agua y huevos desde los balcones a los peatones que pasaran debajo.

En tiempos de Rosas el carnaval era esperado por los numerosos negros, que en su mayoría eran protegidos del Restaurador.

Para el carnaval de 1836 se permitieron las máscaras y comparsas, aunque ya para entonces el carnaval estaba muy reglamentado y el comienzo era anunciado con tres cañonazos a las doce del mediodía y también la finalización, por la tarde con otros tres cañonazos.

Los negros, disididos en naciones, concentraban sus actividades sobre todo en el barrio de Montserrat, también por el barrio del Mondongo, del Tambor y en San Telmo.

Se agrupaban en sociedades mutualistas y tenían sus sitios o tambos donde celebraban sus ritos con reminiscencias africanas y practicaban sus danzas, no exentas de lascivia y sus candombes ensordecedores.

El Historiador Francisco Romay menciona los siguientes agrupaciones: Cabinda, Ménguele, Independencia, Rubolo, Congo y Angola. Otras se denominaban Mozambiques, Muchagua, Quiparà y Mondongo.

Don Juan Manuel de Rosas, seguido de una corte de funcionarios y amigos, solía concurrir donde se celebraban estas fiestas.

Puede citarse una visita realizada al candombe Congo Aubunba, allá por 1838, en compañía de su esposa Encarnación, en la esquina que hoy forman las calles San Juan y Santiago del Estero.

Vistiendo su relumbrante uniforme de Brigadier general, en compañía de su esposa Encarnación Ezcurra y de su hija Manuelita y demás séquito.

Rosas recibieron con gesto solemne las actitudes de lealtad de sus amigos, para contemplar luego el baile de los morenos.

Manuelita, por su parte, en compañía de sus amigas Juanita Sosa y Dolores Merced, asistía también a la cofradía situada en la Quinta de las albahacas.

El salón estaba alfombrado con bayeta colorada y al fondo se veían tres grandes sillones también colorados. El del Centro era reservado para Manuelita y al menos uno de los otros dos para el Rey.

Por su puesto, las cuartetas que se recitaban y los himnos que se cantaban estaban llenos de loas al Restaurador y elogios a la belleza de Manuelita. Y, claro, insultos a los salvajes unitarios. .

El más importante de estos actos se celebraba en la Plaza de Montserrat, que contaban con el marco que le prestaban las carretas que llegaban del interior, cargadas con frutos del país.

En el lugar abundaban los ranchos de adobe y paja y en ese barrio estaba la famosa Calle del Pecado, donde se exhibían las prostitutas.

Pero la reglamentación de los juegos del Carnaval resulta por demás interesantes. Seguramente redactadas con la puntillosa prolijidad del Restaurador.

Artículo 1º El juego de Carnaval solo será permitido en los tres días que preceden al de Ceniza, principiando cada día a las dos de la tarde, cuya hora se anunciará con tres cañonazos desde la Fortaleza y concluyendo al toque de la oración cuando tendrán lugar otros tres cañonazos.

Artículo 2º -En las casas donde se juegue desde las azoteas o terrazas deberán mantenerse las puertas de calle cerradas durante las horas de diversión y abrirse solamente para los momentos precisos en los casos necesarios para el servicio.

Artículo 3º El juego que se haga desde las azoteas, ventanas o puerta de calle, solo podrá ser con agua sin ninguna otra mezcla, o con los huevos comunes de olor y de ninguna manera con los de avestruz.

Artículo 4º Los que jueguen por la calle, a caballo o a pié o en rodado, solo podrán usar de los expresados huevos comunes de olor. Los mismos como también los que jueguen desde las azoteas, ventanas o puertas, para usar de cohetes y buscapiés, deberán sacar permiso por escrito del Jefe de Policía, bajo firma.

Artículo 5º - Nadie jugando por la calle podrá asaltar ninguna casa ni forzar alguna de sus puertas o ventanas ni pasar de sus umbrales  para adentro ni a pié ni a caballo, en continuación del juego...

Artículo 6º. Tampoco se podrá jugar de casa en casa por los interiores de ella.

Artículo 7º Queda igualmente prohibido el uso de las máscaras, el vestirse en traje que no corresponda a su sexo, el presentarse en clase de farsante, pantomimo o entremés, con el traje o insignias de eclesiástico, magistrado, militar, empleado público o persona anciana.

Artículo 8º Para las diversiones públicas que puedan tener lugar en la noche, de la oración para adelante, se sacará el correspondiente permiso del Jefe de policía, por escrito, bajo su firma.

Artículo 9º El que infringiese cualquiera de los artículos de este decreto, será castigado a juicio y discreción del Gobierno, como corresponda según las circunstancias del caso y al mismo tiempo a subsanar los daños y perjuicios particulares que hubiere causado por su infracción, en caso de ser reclamado-

Evidentemente a pensar en todas las posibilidades cuando redactaba un decreto no le iban a ganar al Restaurador de las leyes.

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